📚 GUÍA DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE EL DECRETO DEL TERRITORIO INDÍGENA ZONA NORTE EXTREMA – ETI-ZNE

 


📚 GUÍA PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE EL DECRETO DEL TERRITORIO INDÍGENA ZONA NORTE EXTREMA – ETI-ZNE

Por: Oriana Zambrano Montoya

🟤 I. ASPECTOS GENERALES

1. ¿Qué es el ETI-ZNE y por qué es importante?
Es una entidad pública especial reconocida por el Gobierno nacional para ejercer funciones de gobierno en territorios ancestrales Wayuu. Da un paso hacia el reconocimiento real de las Entidades Territoriales Indígenas (ETI), pendiente desde 1991.

2. ¿Este decreto reemplaza al municipio de Uribia?
No. Uribia sigue existiendo como municipio, pero la zona Wayuu incluida en el ETI-ZNE deja de depender directamente del municipio en aspectos como salud, educación y ordenamiento.

3. ¿La tierra deja de ser resguardo o cambia de dueño?
No. El resguardo sigue siendo tierra colectiva. La propiedad no cambia. Lo que cambia es quién la gobierna y cómo se gestionan los recursos públicos en ella.


🟡 II. GOBIERNO PROPIO Y REPRESENTACIÓN

4. ¿Quién convoca la asamblea para crear el Consejo de Gobierno?
Las autoridades tradicionales legítimas de los territorios incluidos. No puede hacerlo el Estado ni terceros. Debe seguirse el sistema de usos y costumbres Wayuu.

5. ¿Quién elige al Representante Legal del ETI-ZNE?
La asamblea general de autoridades y representantes legítimos del pueblo Wayuu del territorio. Su designación debe ser colectiva, no individual ni por dedazo. El Ministerio del Interior verifica, pero no nombra.

6. ¿El nuevo gobierno indígena asume las funciones de las autoridades indígenas en Uribia?
No. La posesión de autoridades indígenas ante Uribia sigue existiendo para aquellos sectores del pueblo Wayuu no incluidos en la ZNE. La diferencia es que en la ZNE ya no será necesario ese paso ante el municipio, porque se constituye una autoridad pública directa indígena.



🔵 III. COMPETENCIAS, PLANIFICACIÓN Y TERRITORIO

7. ¿Qué funciones tendrá el Consejo de Gobierno del TI-ZNE?

  • Administrar recursos públicos.

  • Definir prioridades territoriales (salud, educación, agua, ambiente).

  • Ordenar su territorio conforme a sus planes de vida.

  • Coordinar con el Estado y rendir cuentas.

8. ¿La ZNE tendrá su propio plan de ordenamiento territorial (POT)?
Sí. Se construirá con base en el plan de vida, el derecho mayor y el consentimiento colectivo. No dependerá del POT de Uribia.

9. ¿Qué pasa con los corregimientos que están en la ZNE?
Pasan a estar bajo gobierno indígena. Se garantiza que sigan teniendo acceso a servicios, pero a través del nuevo sistema de gestión propio, no a través del municipio.


🟢 IV. FINANCIACIÓN Y EJECUCIÓN

10. ¿De dónde saldrán los recursos que manejará el TI-ZNE?

  • SGP – Asignación Especial para Resguardos.

  • Proyectos de inversión del Sistema General de Regalías.

  • Apoyo técnico del Gobierno nacional y cooperación.

  • Eventualmente, ingresos propios.

11. ¿Quién controla esos recursos?
El mismo gobierno indígena, con régimen de cuentas maestras, pero también con vigilancia de la Contraloría, Procuraduría y la comunidad.

12. ¿Puede haber doble asignación (Uribia y ETI-ZNE) para el mismo territorio?
No debería. Por eso debe haber un acuerdo de transición, donde se definan claramente qué funciones y qué recursos pasan a la ETI.



🔴 V. IMPLEMENTACIÓN Y DESAFÍOS

13. ¿Qué pasos deben seguirse ahora que el decreto fue expedido?

  1. Convocar la asamblea general.

  2. Elegir y registrar el Consejo de Gobierno.

  3. Solicitar administración directa de recursos.

  4. Crear los planes de ordenamiento y desarrollo.

  5. Activar la coordinación interinstitucional.

  6. Exigir apoyo técnico y financiero al Gobierno nacional.

14. ¿El decreto ya está vigente o falta algo?
Está vigente una vez publicado en el Diario Oficial. Pero su operatividad depende de que el pueblo Wayuu lo active mediante el proceso organizativo.

15. ¿Qué papel juega el Ministerio del Interior?
Acompaña, verifica y garantiza. Pero no convoca, no elige, ni impone. Es un garante, no un protagonista.



⚪ VI. DESDE DISTINTOS ROLES…

➤ Si fueras autoridad indígena, ¿qué deberías saber?
Que este decreto reconoce tu legitimidad, pero te obliga a actuar con más responsabilidad, claridad comunitaria y unidad.

➤ Si fueras líder comunitario, ¿qué deberías preguntar?

  • ¿Cómo participo en la asamblea?

  • ¿Quién nos representa?

  • ¿Qué va a mejorar en mi comunidad?

➤ Si fueras funcionario público, ¿qué deberías entender?
Que no puedes seguir tomando decisiones unilaterales sobre estos territorios. La coordinación con el gobierno indígena es obligatoria.

➤ Si fueras político o tomador de decisiones, ¿qué deberías evitar?

  • Usar esta figura para cooptar liderazgos.

  • Intervenir en procesos internos Wayuu.

  • Bloquear el avance por celos políticos.


Este decreto no es un privilegio: es el cumplimiento de un mandato constitucional y ancestral. La pregunta no es si lo apoyas o no, sino si estás listo para asumir los cambios que exige.




💰 ¿QUÉ PASA CON LA PLATA DEL RESGUARDO QUE MANEJABA LA ALCALDÍA DE URIBIA?

🧾 Antes:

La Asignación Especial del Sistema General de Participaciones (SGP) para los pueblos indígenas —en salud, educación, agua potable— llegaba al municipio de Uribia, que era el “administrador delegado” de esos recursos en nombre de las comunidades Wayuu.

❗ Eso incluía:

  • Contratación de docentes.

  • Operación de transporte escolar.

  • Prestación del PAE (Programa de Alimentación Escolar).

  • Inversión en agua y salud para zonas rurales Wayuu.

🔄 Ahora (con el Decreto ETI-ZNE):

La ZNE podrá solicitar la administración directa de esos recursos, siempre que cumpla con los requisitos que exige el decreto:

  1. Tener un Consejo de Gobierno legítimo.

  2. Presentar un Plan de Vida y Plan de Inversión.

  3. Abrir cuentas maestras propias.

  4. Establecer mecanismos de control fiscal y comunitario.

🛑 Eso significa que el municipio de Uribia deberá dejar de manejar los recursos del SGP para el territorio ZNE. Ya no habrá justificación legal para seguirlos ejecutando en nombre de comunidades que tienen su propia institucionalidad.



📚 ¿Y QUÉ PASA CON LA EDUCACIÓN, LA CANASTA EDUCATIVA, EL PAE Y EL TRANSPORTE ESCOLAR?

🏫 1. Educación (docentes, sedes, materiales):

El ETI-ZNE podrá crear su propio modelo educativo intercultural, en coordinación con el MEN, y exigir que los recursos de educación indígena lleguen directamente a su entidad.

🧃 2. PAE:

El Programa de Alimentación Escolar también podrá ser gestionado directamente por la ZNE, priorizando proveedores comunitarios, pertinencia cultural, calidad nutricional y cobertura real.

🚌 3. Transporte escolar:

La contratación de transporte —uno de los sectores más cooptados por redes clientelistas— dejará de ser responsabilidad de la alcaldía dentro del territorio ZNE y pasará a la nueva entidad indígena.

⚠️ Esto cambia el juego político: alcaldes y contratistas perderán control sobre esos contratos millonarios. Por eso algunos se van a oponer. Pero legalmente, el pueblo Wayuu tiene cómo asumir esa gestión directamente.



🏛️ ¿EL ALCALDE Y LOS CONCEJALES DE URIBIA SIGUEN TENIENDO JURISDICCIÓN EN EL TERRITORIO DE LA ZNE?

✅ En lo político formal:

Sí. Uribia sigue existiendo como municipio, y sus concejales y alcalde mantienen su calidad legal de autoridades territoriales.

❌ Pero en lo funcional y práctico:

Ya no tienen competencia directa sobre el territorio ZNE, porque:

  • La planificación pasa a ser hecha por la ETI.

  • Los recursos pasan a ser administrados por la ETI.

  • Las decisiones públicas se toman por el Consejo de Gobierno Indígena.

  • El POT de Uribia ya no regula el uso del suelo en el territorio Wayuu.

🛡️ En términos reales: el alcalde y los concejales no pueden seguir ordenando, contratando ni decidiendo en la Zona Norte Extrema, salvo que lo hagan en coordinación obligatoria con el gobierno indígena.


CONCLUSIÓN CLARA PARA COMPARTIR:

🧠 A partir de este decreto, el dinero, las decisiones y la planificación del desarrollo en el territorio Wayuu pasan del escritorio del alcalde al gobierno propio del pueblo. Eso es autonomía real. Eso es lo que hay que defender y activar.

⚠️ Y quien se oponga, está defendiendo su propio contrato, no los derechos del pueblo.



🗳️ ¿La población Wayuu del territorio ZNE sigue votando en las elecciones de Uribia?

Sí. Legalmente, sigue inscrita en el censo electoral del municipio de Uribia.

El decreto que crea el TI-ZNE no modifica los registros electorales, porque:

  • No crea un nuevo municipio.

  • No redefine la división político-electoral formal del país.

  • No establece una jurisdicción electoral propia ni separada.

Por tanto:

🧾 Las comunidades Wayuu de la ZNE siguen votando para elegir:

  • Alcalde de Uribia

  • Concejo Municipal de Uribia

  • Gobernador de La Guajira

  • Diputados

  • Representantes a la Cámara y Senado

  • Presidente de la República



⚖️ ¿Entonces el sistema electoral no cambia en nada?

Sí cambia, aunque no de forma automática, sino en la práctica política, por tres razones:

1. El peso electoral de la Alta Guajira ya no será manipulable con contratos

Hasta ahora, muchos candidatos a alcaldía y concejo usaban contratos del PAE, transporte, salud rural y agua en la zona Wayuu como moneda electoral. Con la creación de la TI-ZNE:

  • Esos contratos se desconectan del poder municipal.

  • Los operadores ya no los nombra el alcalde.

  • El pueblo Wayuu deja de ser “la clientela del sur” o “la zona de compra masiva”.

⚠️ Esto afecta directamente a las campañas tradicionales que contaban con la movilización masiva de votos desde Nazareth, Puerto Estrella o Taroa mediante logística comprada desde la alcaldía.


2. Se reconfigura la estructura de poder local

  • El liderazgo Wayuu organizado en el TI-ZNE ya no necesita mendigar favores para obtener inversión pública.

  • Esto puede impulsar candidaturas propias Wayuu más fuertes, ya que ahora se cuenta con estructura de gobierno, recursos, legitimidad y gestión directa.

🧠 Una comunidad que administra su salud, su educación y su agua, también puede organizar su voto con conciencia y dignidad.


3. Surge un nuevo actor político real: el gobierno indígena

  • El Consejo de Gobierno del ETI-ZNE, aunque no compita en elecciones, se convierte en un actor con poder territorial.

  • Las campañas que quieran ganar elecciones ya no negociarán solo con líderes sueltos o AIT individuales, sino con un cuerpo político consolidado.



🧮 ¿Qué podría pasar en futuras elecciones?

EscenarioPosible consecuencia
Candidatos tradicionales pierden control sobre zona ruralReducción de votación clientelista en la Alta Guajira
ETI-ZNE se organiza como bloque político-culturalAumento de liderazgo indígena propio en el concejo
El Consejo de Gobierno ZNE negocia apoyo político colectivoMayor capacidad de incidencia en elecciones departamentales
La comunidad exige propuestas programáticas en vez de mercadosFortalecimiento de la democracia local real

📌 CONCLUSIÓN

La población Wayuu de la ZNE sigue votando por Uribia, pero las reglas del juego político cambian:

  • Ya no hay favores, hay competencias.

  • Ya no hay paternalismo, hay gobierno propio.

  • Ya no hay subordinación, hay poder desde el territorio.

🧭 Este decreto no elimina el voto. Eleva su dignidad.



 

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